Si te preguntas cuántos días de vacaciones me tocan según la ley, la respuesta cambió de forma importante desde 2023. La reforma al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (DOF, 27 de diciembre de 2022) duplicó el mínimo: pasaste de 6 días en tu primer año a 12 días desde el primer año cumplido.
Con nuestros abogados laborales en Irapuato y León, hemos visto que muchos trabajadores siguen cobrando menos días porque su patrón no actualizó la tabla.
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Toggle¿Cuántos días de vacaciones me tocan según la LFT vigente?
Con la reforma vigente desde el 1 de enero de 2023, todo trabajador tiene derecho a un mínimo de 12 días de vacaciones pagadas al cumplir su primer año. El art. 76 de la LFT establece este piso como irrenunciable: ningún contrato puede pactar menos, aunque sí puede pactar más.
Saber cuántos días de vacaciones me tocan implica entender que ese número crece con la antigüedad: 2 días más por cada año del segundo al quinto, y 2 días más por cada 5 años a partir del sexto. El derecho nace al cumplir el aniversario laboral, no antes.
La reforma aplica a todos los trabajadores activos, incluso a quienes firmaron su contrato antes de 2023. Tu patrón no puede argumentar que la ley anterior era distinta. La LFT reformada rige desde que entró en vigor, sin excepción.
Tabla de vacaciones dignas por antigüedad: así crece tu derecho año con año
La tabla de vacaciones dignas del art. 76 LFT reformado muestra el impacto del cambio. Si ves una tabla donde el año 1 dice «6 días», esa información está desactualizada y puede perjudicarte al reclamar.
| Años de antigüedad | Días LFT anterior (hasta 2022) | Días LFT vigente (desde 2023) |
|---|---|---|
| 1 año | 6 días | 12 días |
| 2 años | 8 días | 14 días |
| 3 años | 10 días | 16 días |
| 4 años | 12 días | 18 días |
| 5 a 9 años | 14 días | 20 días |
| 10 a 14 años | 16 días | 22 días |
| 15 a 19 años | 18 días | 24 días |
| 20 a 24 años | 20 días | 26 días |
¿Cómo se calcula la prima vacacional que tu patrón debe pagarte?
Conocer cuántos días de vacaciones me tocan no basta si no sabes que también tienes derecho a una prima adicional. El art. 80 de la LFT obliga al patrón a pagarte una prima mínima del 25% sobre el salario correspondiente a esos días. No es un bono voluntario: es un derecho legal.
La base de cálculo es tu salario diario ordinario. Si tu sueldo mensual es fijo, divides entre 30 para obtener el diario. La fórmula es: salario diario × días de vacaciones × 25%.
Por ejemplo, con $300 diarios y 12 días, tu prima es $900 MXN. Un error frecuente es que el patrón calcula la prima sobre el salario mínimo en lugar del salario real, lo cual viola directamente la ley.
¿Cuándo te deben dar las vacaciones? Plazos que el patrón no puede ignorar
El art. 81 LFT establece que el patrón debe otorgarte las vacaciones dentro de los 6 meses siguientes a tu aniversario laboral, con al menos 15 días de anticipación. El art. 78 LFT añade que no pueden fraccionarse en períodos menores a 6 días continuos.
¿Qué pasa si renuncias o te despiden antes de cumplir el año? El art. 79 LFT reconoce tu derecho a la parte proporcional de vacaciones no gozadas. Para entender cómo ese cálculo se relaciona con otros conceptos al terminar la relación laboral, consulta nuestro artículo sobre prima de antigüedad por despido injustificado.
¿Cuántos días de vacaciones me tocan si tengo contrato temporal o estoy en período de prueba?
Los derechos vacacionales no son exclusivos de trabajadores de planta. Si tienes contrato por tiempo determinado mayor a un año, también tienes derecho a los días completos de la tabla. Si el contrato es menor a un año pero la relación supera 12 meses por renovaciones sucesivas, también aplica.
El período de prueba del art. 39-A LFT solo suspende la acumulación de antigüedad si la relación no se confirma. Si te confirman, ese tiempo cuenta para calcular cuántos días de vacaciones me tocan. Los trabajadores eventuales tienen derecho a vacaciones proporcionales según los días laborados.
¿Qué hacer si no te pagan la prima vacacional o te niegan los días que te corresponden?
El art. 516 LFT establece un plazo de 1 año para reclamar vacaciones no pagadas. Si ese plazo vence, el patrón puede oponer la prescripción. Actuar rápido marca la diferencia entre recuperar tu dinero o perderlo.
Desde la reforma laboral de 2019, existe una etapa obligatoria de conciliación previa al juicio (art. 684-A LFT). En Guanajuato se tramita ante el CCEG, con presencia en Irapuato y León. Si no hay acuerdo, el caso escala al juicio laboral.
El patrón que no otorga vacaciones puede ser multado de 50 a 5,000 veces la UMA (art. 994 fracción III LFT). Con la UMA 2025 en $108.57 diarios, eso equivale a $5,428 a $542,850 MXN. Reúne contrato, recibos de nómina y estados de cuenta antes de acudir al CCEG.
¿Tienes dudas sobre cuántos días de vacaciones te tocan? Agenda una asesoría con nuestro equipo
En ABA Abogados trabajamos con trabajadores y empresas en Guanajuato y Ciudad de México que enfrentan vacaciones no pagadas, primas calculadas de menos o patrones que usan la tabla pre-reforma de 2022.
La prescripción corre. Si crees que tu patrón no ha calculado correctamente cuántos días de vacaciones me tocan o te ha negado la prima, no esperes a que el plazo de 1 año venza. Agenda una asesoría jurídica en Irapuato, León o CDMX y analizamos tu caso con tu contrato y recibos reales.



